Realización de cuaderno de campo o cuaderno de explotación

Todos los agricultores deben llevar al día su cuaderno de campo obligatoriamente desde el 1 de enero de 2013. El cuaderno de campo se puede llevar en papel o bien en formato electrónico.

Se trata de un  requisito que la administración lleva exigiendo desde hace varios años a los agricultores; La anotación en cuaderno de campo de las aplicaciones de productos químicos que se realicen en la lucha contra plagas y enfermedades, además de los tratamientos con herbicidas. No obstante con el Real Decreto 1311/2012, a partir del 1 de enero de 2014 se modificará este cuaderno de campo y se introducen en el mismo algunas modificaciones como: datos sobre la persona que lleva a cabo la aplicación (nombre, número de carné de manipulador, etc.), datos sobre el asesor en Gestión Integrada de Plagas (en el caso de que la explotación esté obligada a contar con él), descripción de los equipos con los que se llevan a cabo los tratamientos, identificación de pozos y masas de agua superficiales cercanos a las fincas si los hubiese, etc.

Hay que recordar que el no llevar correctamente y actualizado el cuaderno de campo por parte del agricultor puede acarrear sanciones que conllevan la pérdida, parcial o total, de las subvenciones de la PAC.

Además del cuaderno de explotación también deberías llevar la siguiente documentación al día:

  • Documentación relativa al asesoramiento (solo para cultivos que requieran asesoramiento).
  • Certificados de inspección de los equipos de tratamientos fitosanitarios.
  • Las facturas de los productos que aparecen en el cuaderno de campo.
  • Los resultados de los análisis de residuos de productos fitosanitarios que hayan sido realizados sobre los cultivos y producciones (cuando corresponda).
  • Albaranes de entrega de los envases a un gestor de residuos o a SIGFITO.

Toda esta documentación, juntamente con el cuaderno de campo, se tiene que guardar durante al menos 3 años, ya sea en papel o en soporte informático.

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